Protección de datos personales

Preparación para la Ley N.º 21.719.

La Ley N.º 21.719 moderniza el régimen chileno de protección y tratamiento de datos personales. Fue publicada el 13 de diciembre de 2024 y comenzará a regir el 1 de diciembre de 2026.

Estado normativo: hasta el 30 de noviembre de 2026 continúa vigente la Ley N.º 19.628. VELTAR está adecuando anticipadamente sus procesos y controles al nuevo estándar, sin presentar esta preparación como una certificación jurídica.

¿Qué cambia para las organizaciones?

La nueva regulación exige mayor control, trazabilidad y responsabilidad sobre la forma en que se recolectan, utilizan, almacenan, comparten y eliminan los datos personales.

  • Responsabilidad demostrable sobre los tratamientos realizados.
  • Finalidades específicas, explícitas y legítimas.
  • Minimización y proporcionalidad de los datos recolectados.
  • Medidas de seguridad apropiadas al riesgo.
  • Políticas de conservación, eliminación y anonimización.
  • Canales para ejercer derechos sobre los datos personales.
  • Control de proveedores y encargados del tratamiento.
  • Evaluación de riesgos e impacto cuando corresponda.
  • Reglas para transferencias internacionales de información.
  • Evidencias suficientes para acreditar las medidas adoptadas.

Derechos de los titulares de datos

La expresión ARCO es una denominación tradicional y no corresponde a una ley independiente. El nuevo marco chileno reconoce derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y bloqueo. VELTAR los agrupa informativamente bajo la denominación derechos de los titulares de datos o ARCO-P.

Acceso

Consultar si existen datos tratados y conocer su origen, finalidad, destinatarios y período de tratamiento.

Rectificación

Solicitar la corrección de datos inexactos, desactualizados, incompletos o equívocos.

Supresión

Solicitar la eliminación cuando se cumplan las condiciones establecidas en la normativa aplicable.

Oposición

Oponerse a determinados tratamientos en los casos reconocidos legalmente.

Portabilidad

Solicitar datos en un formato estructurado y transferible cuando este derecho resulte aplicable.

Bloqueo

Solicitar la suspensión temporal del tratamiento en las circunstancias correspondientes.

Ejercer un derecho sobre datos personales

Adecuación de VELTAR

El programa interno de privacidad de VELTAR considera controles técnicos, administrativos y documentales para proteger la información tratada mediante el sitio, sus formularios y procesos asociados.

  • Registro de actividades de tratamiento.
  • Separación de finalidades comerciales, analíticas y de seguridad.
  • Registro de consentimientos y versiones de política.
  • Canal trazable de solicitudes de privacidad.
  • Verificación proporcional de identidad.
  • Seudonimización de analítica pública.
  • Retención limitada de direcciones IP para seguridad.
  • Eliminación programada mediante controles automáticos.
  • Auditoría de acciones administrativas.
  • Privacidad y seguridad desde el diseño.

Servicio de adecuación Ley 21.719

VELTAR acompaña a organizaciones que necesitan identificar brechas y preparar controles técnicos y operacionales antes de la entrada en vigencia de la nueva regulación.

Diagnóstico de brechas

Revisión inicial de procesos, sistemas, formularios, proveedores, flujos de información y controles existentes.

Inventario de datos

Identificación de categorías de datos, finalidades, responsables, encargados, ubicaciones y períodos de conservación.

Controles y evidencias

Diseño de registros, procedimientos, matrices, controles técnicos y evidencias verificables.

Derechos ARCO-P

Implementación de canales, trazabilidad, verificación y gestión de solicitudes de titulares.

Seguridad del tratamiento

Evaluación de acceso, cifrado, respaldo, registros, retención, eliminación y respuesta ante incidentes.

Acompañamiento continuo

Seguimiento de brechas, responsables, tareas, evidencias y avances del programa de adecuación.

Metodología de trabajo

  1. Descubrimiento: alcance, activos y tratamientos.
  2. Diagnóstico: brechas legales, técnicas y operativas.
  3. Priorización: plan de adecuación basado en riesgo.
  4. Implementación: controles, registros y procedimientos.
  5. Validación: pruebas, evidencias y acciones pendientes.
  6. Continuidad: seguimiento y mejora del programa.
Alcance profesional: VELTAR entrega diagnóstico, implementación técnica, documentación y acompañamiento. Cuando una materia requiera interpretación o representación jurídica especializada, debe participar un profesional legal competente.

Relación con la Ley N.º 21.663

La protección de datos personales y la ciberseguridad son ámbitos complementarios. Los controles de acceso, monitoreo, gestión de vulnerabilidades, respaldo, continuidad y respuesta ante incidentes contribuyen a proteger los tratamientos, pero no reemplazan el programa integral de privacidad.

Revisar información sobre la Ley Marco de Ciberseguridad

Autodiagnóstico

Referencia preliminar de madurez.

No determina cumplimiento legal ni la calidad de servicio esencial u OIV. Sirve para ordenar una primera conversación técnica.

¿La organización mantiene un inventario actualizado de datos personales y tratamientos?
¿Cada tratamiento posee una finalidad documentada y un fundamento identificable?
¿Existen plazos definidos para conservar, eliminar o anonimizar información?
¿La organización puede recibir y gestionar solicitudes de titulares con trazabilidad?
¿Se verifica la identidad antes de entregar, rectificar o eliminar información?
¿Los proveedores que tratan datos están identificados y evaluados?
¿Las medidas de seguridad se revisan de acuerdo con el riesgo del tratamiento?
¿Existe un procedimiento frente a filtraciones o accesos no autorizados?
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